El Poder Judicial debe ser independiente de los medios de comunicación. La culpabilidad debe ser probada. La buena fama es un derecho humano

Pedro Salinas

En el argot militar suele decirse: “nada peor que el fuego amigo”. Efectivamente, cuando te atacan por la espalda, es difícil defenderse. No se puede disimular tener esta impresión al ver el comunicado de la Conferencia Episcopal Peruana, deslindándose de uno de sus miembros, rechazando el juicio que un juez del Estado Peruano hace en contra de un periodista. Si resulta comprensible que la Asociación Nacional de Periodistas del Perú apoye a su agremiado, parece incomprensible que los obispos le den la espalda al suyo.

La madeja de la problemática resulta, en extremo, compleja. Pienso, sin embargo, que todos de alguna u otra forma, buscamos lo mismo, pero es preciso colocar los puntos sobre las íes. Todos queremos, comenzando por la Iglesia y con ella el Papa Francisco a la cabeza, que terminen los abusos sexuales por parte del clero y que sean convenientemente castigados. Que no exista, en ese sentido, un fuero especial para los clérigos, sino que sean juzgados a la par, como todos los ciudadanos. El Comunicado de la Conferencia Episcopal se hace eco de los deseos de Francisco, teniendo quizá, como trasfondo, el terrible manejo de la situación que hizo su contraparte chilena y que le llevó a renunciar en bloque, por la parte de culpa que pudieran tener en el encubrimiento de estos lamentables delitos.

Pero, pienso que también, todos queremos que se juzgue y castigue a los culpables. Nadie querrá, supongo, que paguen justos por pecadores. A ningún miembro de la Conferencia Episcopal le gustaría que lo calumniaran por crímenes que no cometió. Monseñor Eguren intenta defender su buen nombre. Y, ¿cuál es la garantía de que eso se puede hacer? Pues ir a un tribunal civil, como cualquier ciudadano y presentar su querella. Al igual que Paolo Guerrero presentó su demanda contra Magaly Medina, por más que ella fuera periodista afamada, Eguren la presenta contra Pedro Salinas, y nadie debería extrañarse, pues no es un tribunal eclesiástico. Si eso fuera por principio imposible o un abuso, querría decir simplemente, que los periodistas tienen fuero y no se pueden juzgar.

El problema es complejo porque hay un conflicto de derechos. El derecho que tienen los ciudadanos a la buena fama y el derecho a la información. La labor periodística, incluida la de Pedro Salinas, ha sido determinante para destapar abusos clericales. Pero, precisamente por el prestigio y la seriedad de esa labor, es fundamental que las denuncias estén sólidamente fundamentadas. Si no, pueden hacerse pasar por verdaderos simples rumores, suposiciones o chismorreos que pueden terminar destruyendo a personas inocentes, servir para una “caza de brujas”, o respaldar determinada agenda ideológica.

Para evitar este peligro, es fundamental respetar la autonomía del Poder Judicial, el cual no debe estar sometido ni al legislativo, ni al ejecutivo, ni a la Iglesia, pero tampoco a los medios de comunicación, que terminarían haciendo de la impartición de justicia un show y, finalmente, un negocio. Por ello, las dos declaraciones mencionadas suponen una presión al libre ejercicio del Poder Judicial. Pedro Salinas es libre de apelar la sentencia, cosa que seguramente hará, y a la sociedad nos queda esperar la resolución. Si esta prevalece, dará una lección conveniente a los periodistas: es bueno investigar, es bueno buscar la verdad, pero nunca debería hacerse a base de la falsedad o del error. El derecho a la información no justifica la difamación. Si van a condenar a alguien, es preciso que esa persona sea culpable y puedan probarlo, si no pueden, es mejor abstenerse o, a lo sumo, señalarlo como un rumor.

De hecho, el Catecismo de la Iglesia Católica, al explicar el 8º Mandamiento (No levantarás falso testimonio ni mentirás), explica convenientemente el límite del derecho a la información y el deber de tutelar la buena fama. Obviamente, el deseo de Francisco de colaborar con la autoridad civil y valorar la contribución de la prensa no invalida los mandamientos:

“2488 El derecho a la comunicación de la verdad no es incondicional. Todos deben conformar su vida al precepto evangélico del amor fraterno.

2479 La maledicencia y la calumnia destruyen la reputación y el honor del prójimo. Ahora bien, el honor es el testimonio social dado a la dignidad humana y cada uno posee un derecho natural al honor de su nombre, a su reputación y a su respeto. Así, la maledicencia y la calumnia lesionan las virtudes de la justicia y de la caridad.

2497 Por razón de su profesión en la prensa, sus responsables tienen la obligación, en la difusión de la información, de servir a la verdad y de no ofender a la caridad. Han de esforzarse por respetar con una delicadeza igual, la naturaleza de los hechos y los límites del juicio crítico respecto a las personas. Deben evitar ceder a la difamación”.

Monseñor José Antonio Eguren